El derecho a la privacidad
Otra cuestión que trajo a debate la demanda por nuevas tecnologías es el derecho a la privacidad. Fernanda Campagnucci, en su artículo “Tras la pandemia: La encrucijada de derechos digitales en la educación” analiza que, al mismo tiempo en que es necesario reafirmar el derecho y contener retrocesos acerca de la privacidad, también es necesario abogar por el rescate de la noción de datos públicos como un bien común. “La realización de esta idea depende de una gobernanza pública de la infraestructura digital, en la que el Estado se coloque como garante de estos derechos digitales”, dice en su artículo.
Para la investigadora, los mecanismos de usurpación y desvío de finalidad de datos personales de la comunidad educativa [a partir del uso de las TIC en procesos de enseñanza-aprendizaje] tienen potencial de profundizar desigualdades y tornar todavía más vulnerables a los grupos históricamente expuestos a procesos de exclusión y discriminación.
Marcela Browne, de la Campaña Argentina por el Derecho a la Educación, afirma que la educación virtualizada puso a desnudo también la falta de competencias digitales y la falta de conectividad y aparatos tecnológicos. “Sobre todo también porque había una creencia en que las juventudes pudieran hacer cualquier cosa con la tecnología, y la pandemia demostró que los adolescentes y jóvenes son más consumidores de tecnología y de plataformas que productores de conocimiento”
«Instamos a los gobiernos que garanticen el acceso universal y público al internet como un derecho, y no como una mercancía. Desarrollando plataformas virtuales propias y abiertas, que garanticen nuestra soberanía en materia de tecnología educativa
Carta en cuarentena – Declaración Final de la XI Asamblea Regional CLADE